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Documento de posición del Consorcio TICCA sobre la Meta 3 del Marco Mundial de la Diversidad Biológica posterior a 2020

Garantizar y Posibilitar el Reconocimiento y el Apoyo a los Territorios de Vida en el Lenguaje y la Implementación de la Meta 3 y un Marco Mundial de la Diversidad Biológica más Amplio

First published on 12/08/2022, and last updated on 12/14/2022

La Meta 3 y los elementos relacionados del Marco Mundial de la Diversidad Biológica posterior a 2020 del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) de las Naciones Unidas tienen el potencial de promover el reconocimiento y el apoyo a los derechos, roles y responsabilidades colectivas de los guardianes de los territorios de vida y/o de exacerbar las amenazas e injusticias existentes. Si se adopta, el lenguaje y la implementación de la Meta 3 deben ser tanto justos como verdaderamente ambiciosos y transformadores y deben reconocer y apoyar apropiadamente los derechos de los guardianes de los territorios de vida (los Pueblos Indígenas y las comunidades locales) y sus enormes contribuciones para fomentar y conservar la biodiversidad y la naturaleza del mundo.[i]

El idioma de destino debe:

  • Incluir “territorios, tierras y áreas conservadas por Pueblos Indígenas y comunidades locales” como una tercera vía de reconocimiento más allá de las Áreas Protegidas (AP) y las otras medidas efectivas de conservación basadas en áreas (OMEC). Las implicaciones locales de las designaciones y los marcos internacionales centrados en la conservación (como las AP y las OMEC) varían ampliamente según el contexto, pero por lo general no proporcionan formas suficientes, o suficientemente diversas, de reconocimiento y apoyo para los guardianes indígenas y comunitarios de los territorios de vida. Esta tercera vía brinda más flexibilidad y espacio para sus prioridades autodeterminadas y para enfoques creativos de formas integradas de reconocimiento y apoyo en los marcos nacionales.
  • Mantener las referencias a “gobernados equitativamente” y “respetando los derechos de los pueblos indígenas y de las comunidades locales” e incluir una referencia al requisito del consentimiento libre, previo e informado (CLPI) antes de que cualquier tierra, área y territorio de Pueblos Indígenas sea incorporado, declarado o informado como área protegida o como OMEC o previo a que se considere cualquier cambio en la situación de los derechos y/o de la tierra.[ii]
  • Ser complementado por otras Metas y Objetivos que exijan explícitamente un enfoque basado en los derechos humanos.
  • Estar respaldado por indicadores principales y/o componentes sobre gobernanza, equidad, CLPI, participación, acceso a la justicia, y defensores del medioambiente (ya sea para la Meta 3 o a través de vínculos explícitos entre las Metas).

Independientemente del lenguaje final, la implementación de la Meta 3 debe garantizar:

  • que las leyes, los procesos y las prácticas para el reconocimiento y el apoyo de territorios y áreas de Pueblos Indígenas o comunidades locales:
  • estén determinados por ellos y cuenten con su participación plena y efectiva, respeten sus derechos; y defiendan su visión y sus valores;
  • incluyan un apoyo sustantivo y apropiado, que contemple un mayor respaldo político, jurídico, técnico y financiero para que los guardianes continúen fomentando las relaciones con sus territorios, se organicen y fortalezcan sus sistemas de gobernanza y sus derechos colectivos;
  • incluyan el reconocimiento de los diversos sistemas de gobernanza, los sistemas de conocimiento y los enfoques de administración de los Pueblos Indígenas y las comunidades locales, en todas sus formas y contextos, incluso en zonas marinas y costeras y en los territorios de los pueblos móviles.
  • un enfoque basado en los derechos humanos (HRBA, por sus siglas en inglés) para la implementación de la conservación basada en áreas en general, que asegure que la equidad, la igualdad y la eficacia de las áreas protegidas existentes y las OMEC sean mejoradas y mantenidas, especialmente en zonas donde los territorios de vida se superponen con las AP. A su vez, debería incluir el reconocimiento y la compensación de las injusticias pasadas y presentes y la prevención de daños futuros. Cualquier identificación, establecimiento, expansión, cambio de estado o informe de AP y OMEC respetará los derechos, incluso el de proveer o retener el CLPI, de los Pueblos Indígenas y las comunidades locales que pudieran verse afectadas;
  • coordinación y alineación con las Metas 1, 2 y 3, incluyendo la aplicación de las recomendaciones anteriores en la implementación de la restauración, la gobernanza del uso de la tierra y el agua, la planificación espacial y la gestión de la tierra y los recursos relacionados; y, también, con las metas 19 a 22 y la orientación relacionada;
  • un seguimiento y una presentación de informes sólidos e inclusivos, que incluyan a la gobernanza, la equidad y los derechos. Los indicadores específicos sobre el tipo de gobernanza, la equidad y la eficacia son esenciales para evitar que las áreas gobernadas y administradas de manera ineficaz y/o las áreas que presentan infracciones de derechos humanos se contabilicen en el objetivo y se legitimen;
  • un avance en el cambio sistémico y transformador. Confiar únicamente en la expansión de la conservación basada en áreas no es suficiente para abordar la complejidad y la urgencia de las crisis a las que todos nos enfrentamos. También hay que transformar los desequilibrios económicos, políticos y de poder que sustentan tanto el “desarrollo” como la conservación general.

[i] Consorcio TICCA (2021). Territorios de vida: Informe 2021. Resumen ejecutivo. Consorcio TICCA: mundial. Disponible en: report.territoriesoflife.org/es/

[ii] Grupo de Trabajo sobre Derechos Humanos en la Biodiversidad (2022). A Rights-based Path for People and Planet: Proposals for Integrating Human Rights in the Post-2020 Global Biodiversity Framework (OEWG-5 y COP15). Informe nro. 4 del GTDHB: Preparado para la OEWG5 y la COP15.


El Consorcio TICCA es una organización sin fines de lucro basada en su membresía que se dedica a promover el reconocimiento y el apoyo apropiados a los territorios y las áreas conservadas por Pueblos Indígenas y comunidades locales (abreviados como “TICCA” o, simplemente, “territorios de vida”). Este documento de posición se basa en las reflexiones ofrecidas por los Miembros (organizaciones, federaciones y movimientos comunitarios y de Pueblos Indígenas y las organizaciones y redes de la sociedad civil que los apoyan) y los Miembros Honorarios (personas con experiencia y conocimientos especializados) sobre las Metas propuestas, con respeto por sus diversas opiniones. Este documento no constituye un respaldo a la Meta 3, sino que pretende proporcionar orientación en caso de que se adopte.